Esta Sección es solo una guía que le puede ser de utilidad durante su viaje a Canadá. Le recomendamos leerla y consultar también la página Internet de la en nuestro país así como la página Internacional de Canadá. Esta última contiene información muy valiosa para planear su viaje sobre: lugares turísticos, clima, hoteles, restaurantes, tipo de cambio, etc.


1. Requisitos de viaje como turista
2. Requisitos de viaje como estudiante
3. Menores de edad que viajan a Canadá
4. Mexicanos Residentes Permanentes de Estados Unidos
5. Si viaja a Canadá vía los Estados Unidos
6. Aduanas
7. Devolución de impuestos
8. Seguro médico y hospitales
9. Consejos prácticos
10. Asistencia Consular



1. REQUISITOS DE VIAJE COMO TURISTA

Los ciudadanos mexicanos que viajan como turistas a Canadá no requieren de una visa, pero necesitan presentar un pasaporte vigente por la duración de su viaje y además deben considerar lo siguiente:

A) El oficial de migración en el punto de entrada generalmente solicita el pasaporte vigente por la duración del viaje además del formulario de migración-aduanas firmado por el interesado y su familia. Dicho formulario se distribuye durante el vuelo a Canadá.

B) De conformidad con la legislación en materia migratoria de este país, el oficial de migración en el punto de entrada tiene el derecho a solicitar además que los interesados acrediten su motivo de viaje y su solvencia económica, mediante los siguientes documentos adicionales a un pasaporte vigente:

· Un boleto de regreso a México. Si usted viaja a un tercer país deberá acreditar que cuenta con visa de ese país, boleto de avión y fondos para su viaje.

· Comprobar mediante cheques de viajero y/o tarjeta de crédito internacional que cuenta con suficiente dinero para cubrir los gastos de su estancia en Canadá. (Se necesita acreditar $100.00 dólares canadienses por día, o en su caso, una carta firmada ante notario público de la persona que en Canadá cubrirá sus gastos).

· Comprobante de empleo en México a través de una carta en inglés o francés en la que se especifique su puesto y el período de tiempo que tiene autorizado como vacaciones.

· El viajero debe contar con planes de viaje precisos: tener reservaciones de hotel, saber con anticipación las ciudades que se visitarán y tener a la mano los datos de las personas que se visitaran. (dirección, teléfono, etc.)

· No tener antecedentes penales (No es necesario un certificado de no antecedentes penales.)

· El visitante debe gozar de buen estado de salud.


C) El oficial de migración puede considerar necesaria una segunda entrevista, entonces, lo pasaran a una oficina especial donde le harán más preguntas. Si no entiende las preguntas que le haga el oficial de migración, se recomienda hacerlo saber de inmediato para evitar confusiones y/o malos entendidos que pudieran derivar en que se le niegue autorización para ingresar. Si usted no habla inglés o francés puede solicitar a un traductor.

D) Usted tiene derecho a comunicarse con un funcionario consular de México.

E) En caso de que el oficial de migración considere que el interesado no es un visitante legítimo, puede negarle su ingreso y le otorgarán una salida voluntaria haciendo uso de su boleto de regreso. Dicha salida restringirá su regreso a Canadá por un año.

Los turistas NO pueden trabajar, estudiar o buscar trabajo en Canadá.

Si desea trabajar, estudiar o emigrar a Canadá le sugerimos consultar a la página de la Embajada de Canadá en nuestro país o acudir las oficinas de la Sección de Inmigración de esa Representación en Shiller No. 529, Polanco, Del. Miguel Hidalgo, México, D.F.


2. REQUISITOS DE VIAJE COMO ESTUDIANTE

Los mexicanos que desean ingresar a Canadá para estudiar idiomas o cursos cortos (por menos de 6 meses), no necesitan obtener una visa de estudiante previa a su viaje.

Deben presentar en el puerto de entrada: su pasaporte vigente, carta de aceptación de la escuela, comprobante de solvencia económica para cubrir sus gastos de estancia, así como su boleto de viaje redondo.

Aquellos connacionales que pretendan realizar estudios de postgrado o por más de seis meses, deben obtener una visa de estudiante ante la Embajada de Canadá en México antes de viajar, ya que si no porta su visa en el punto de ingreso puede ser rechazado.

Para mayor información consulte a la Embajada de Canadá en México o acuda a las oficinas de la Sección de Inmigración de esa Representación en Shiller No. 529, Polanco, Del. Miguel Hidalgo, México, D.F.

Para información sobre becas puede acudir a la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Los estudiantes NO pueden trabajar a menos de que lo hagan dentro del campus universitario.

ALERTA: La Embajada de México no puede recomendar a ninguna escuela de idiomas pero se permite informar a los connacionales que sólo las Universidades y Colegios cuentan con un cuerpo docente reconocido y las mejores instalaciones.

En el caso de contratar los servicios de una escuela privada, es responsabilidad del interesado conocer los programas e instalaciones con los que cuenta.

El contratante o el intermediario (agente mexicano) debe cerciorarse de lo que ofrece la institución y leer cuidadosamente el contrato, en especial las políticas de reembolso de esas instituciones.


3. MENORES DE EDAD QUE VIAJAN A CANADA

Los mexicanos menores de edad que viajen a Canadá deberán presentar su pasaporte vigente. En caso de que los menores viajen solos, deberán presentar además, una carta notariada en la que ambos padres autorizan su viaje y designa a una persona en Canadá que se hará responsable de él (ella). Es necesario presentar a su vez, una carta notariada "affidávit" de la persona que acepta ser guardián del menor.

En caso de que el menor viaje con uno sólo de los padres, éste deberá presentar prueba de que tiene la patria potestad del menor (sentencia de divorcio, acuerdo de patria potestad o acta de defunción del cónyuge) o una autorización firmada ante notario público del padre que no viaja, indicando la temporalidad por la que autoriza el viaje.


4. MEXICANOS RESIDENTES PERMANENTES EN ESTADOS UNIDOS

Los mexicanos residentes permanentes en Estados Unidos pueden ingresar a Canadá presentando solamente su tarjeta de Residente Permanente ("green card"). Recuerde que si viaja a otro país después de Canadá, deberá presentar su pasaporte y visas correspondientes.


5. SI VIAJA A CANADA VIA ESTADOS UNIDOS

A partir del 2 de agosto del 2003, todos los pasajeros en tránsito que viajen por Estados Unidos, deberán contar con una visa. Los viajeros en tránsito deben pasar migración y aduanas en los Estados Unidos.


6. ADUANAS

En el primer punto de ingreso a Canadá, una vez que usted pasa migración, deberá recoger su equipaje y dirigirse a la oficina de Aduanas donde le será requerida su forma de aduanas-migración debidamente requisitada. Dicha forma se distribuye en el avión durante el vuelo a Canadá.

Los artículos que traiga consigo para su viaje, serán considerados de uso personal por las autoridades (ropa, esquís, botes, motores, equipo de deportes, televisión, instrumentos musicales y cámaras fotográficas, etc.) Los regalos que puede traer no pueden tener un valor mayor a $60.00 cad.

En caso de que los oficiales de aduana consideren que el extranjero tiene interés en dejar cualquiera de los artículos en Canadá, ya sea para venderlos, donarlos, o prestarlos a residentes canadienses para su uso, pueden solicitar un depósito en garantía por dichos artículos.

Si su intención es vender, donar o prestar estos artículos, el visitante deberá pagar los impuestos correspondientes en la aduana de ingreso. Existen restricciones sobre los productos que puede traer, en especial sobre alcohol, tabaco y productos de origen vegetal y animal. Mayor información.

7. DEVOLUCION DE IMPUESTOS

En las mercancías y servicios se carga un 7% como impuesto Federal (GST) y un impuesto provincial (PST) aproximadamente de 8%. Los visitantes de otros países tienen derecho a la devolución de estos impuestos de los artículos que compren para exportarlos, así como por el hospedaje en hoteles, estaciones de descanso, etc.

El límite para la devolución de GST en hospedaje, se limita a 30 días de estancia en el mismo ho El impuesto provincial sólo se reembolsa, cuando se adquiere mercancía en las Provincias de Terra Nova y Labrador, la Isla Príncipe Eduardo, Nueva Escocia, Québec o Manitoba.

Para solicitar el reembolso del impuesto debe presentar:

1) Solicitud que puede obtener en Aduanas de Canadá, en tiendas libres de impuestos, centros turísticos, en algunas tiendas departamentales, en el aeropuerto o en la Sección Consular de la Embajada de México en Canadá.

2) Los recibos originales de los artículos adquiridos.
Para dar seguimiento a su petición puede comunicarse a Aduanas de Canadá: Vistor Rebate Program, Summerside Tax Centre, Canada Customs and Revenue Agency, Suite 104, 275 Pope Road Summerside PE C1N 6C6 dentro de Canadá puede llamar al y desde México puede marcar


8. SEGURO MEDICO Y HOSPITALES

Antes de salir de México revise que el seguro médico que tiene cubre gastos médicos en Canadá. En caso contrario, puede obtener por pago adicional una cobertura mayor de su seguro mientras esté de viaje, así en caso de accidente o enfermedad podrá cubrir esos imprevistos.

Si estando en Canadá usted tiene necesidad de ir al médico, necesita acudir a una clínica comunitaria que le atienda, el servicio de especialistas es sólo a través de referencia de un médico familiar. En caso de emergencia usted puede ingresar a un hospital pero si no cuenta con un seguro internacional, deberá cubrir los gastos que genere su estancia. La Embajada y los Consulados de México no pueden cubrir las deudas adquiridas por mexicanos por servicios médicos, sólo lo pueden informar a su familia sobre lo ocurrido, referirlo a un médico, asistir al trabajador social, etc.


9. CONSEJOS PRACTICOS

· Respete la Ley Canadiense.

· No tome más de la cuenta, si viaja en grupo designen a la persona que sea el conductor para que no ingiera bebidas alcohólicas.

· No maneje en estado de ebriedad, en Canadá hay un sistema de cero tolerancia y a menudo las autoridades establecen retenes de seguridad para verificar que los conductores no se encuentren en estado de ebriedad. Manejar en estado de ebriedad es un delito que puede llevarlo a prisión.

· No deje su equipaje o bolso sin atender, a menudo aún en los hoteles más prestigiados, se desaparecen los bolsos cuando los clientes se levantan al bufete del restaurante o cuando se registran en el mostrador del ho

· Guarde una copia de su pasaporte en su maleta y otra en su cartera, estas copias le pueden ser útil en caso de robo o extravío.

· Si visita una tienda o establecimiento escoja la mercancía que va a comprar y diríjase ha hacer el pago correspondiente a la caja, no saque la mercancía de un departamento a otro. En muchos centros comerciales no está marcado el límite de la tienda y esto le podría crear una confusión con el personal de seguridad que vigila la tienda mediante cámaras.

· No aplique correctivos (nalgadas) a sus hijos en lugares públicos, esto puede ser considerado un abuso contra el menor y si una persona lo ve, puede reportar el hecho a la policía.


10. ASISTENCIA CONSULAR

Los consulados y secciones consulares de las embajadas de México tienen como función principal prestar asistencia a nuestros ciudadanos en el exterior. Es importante saber lo que esas representaciones pueden y lo que no pueden hacer por usted.

Lo que SI pueden hacer por usted nuestras representaciones en el exterior es:

· Expedirle un nuevo pasaporte o un documento de presunción de nacionalidad para que regrese a México, cuando pierda le sea robado su pasaporte,

· Asistirlo en caso de detención, verificar que cuente con un traductor y un abogado,

· Proporcionarle información sobre abogados que puedan auxiliarlo,

· Cuidar que las autoridades locales respeten sus derechos,

· Expedir permisos para regresar los restos de algún connacional que fallezca en el exterior y ayudarle con los trámites de expedición de acta defunción,

· Informar a sus familiares en México sobre lo ocurrido,

· En caso de que requiera asistencia médica, proporcionarle información sobre médicos hospitales a los que pueda recurrir, además de avisar a sus familiares,

· Acudir a las audiencias penales o civiles para verificar que sus derechos le sean respetados,

· Informarle sobre la legislación local,

· Expedir documentos tales como: pasaportes, cartillas, declaraciones de nacionalidad, registros de nacimiento de mexicanos en el exterior, legalizaciones de documentos expedidos por autoridades canadienses, poderes notariales y testamentos, etc.


Lo que NO pueden hacer las representaciones en el exterior es:

· Lograr la liberación de un mexicano detenido por algún delito o infracción, ni obtener para él un trato diferente al que se da a los ciudadanos del país.

· Responsabilizarse por el pago de multas o fianzas a nombre de un ciudadano mexicano.

· Responsabilizarse por el pago de deudas contraídas por un ciudadano mexicano por servicios tales como: hoteles, restaurantes o costos de pasajes aéreos.

· Responsabilizarse por el pago del costo de medicinas o servicios hospitalarios de un mexicano.

· Regularizar ante las autoridades locales la situación migratoria de un ciudadano mexicano.

· Conseguir trabajo para un connacional.

Es importante señalar que las convenciones internacionales suscritas por México aseguran a cualquier ciudadano mexicano que se encuentre en territorio extranjero el derecho a establecer contacto con la Embajada o consulado mexicano en ese lugar en caso de cualquier dificultad con las autoridades canadienses, no dude en entrar en contacto con la Embajada de México o nuestros Consulados en Canadá.